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Desmontado de Amianto

Desmontado de Amianto

Retirada de Amianto

Somos una empresa especializada en la retirada de materiales que contienen fibrocemento o amianto, inscrita en el R.E.R.A. (Registro de Empresas con Riesgo de Amianto) bajo el registro  Nº 2800267

Disponemos de:

Actuaciones que se podrían llevar a cabo con el material identificado con contenido de amianto son:

·         Encapsulación/sellado

Consiste en el tratamiento de asbesto mediante la penetración o recubrimiento que, dependiendo del tipo de producto usado, tienden a incorporar las fibras de amianto, restaurar el agarre al soporte, y formar una película protectora sobre la superficie expuesta.

El riesgo para los inquilinos y la contaminación del ambiente de este proceso es generalmente inferior a la eliminación. Es el tratamiento de elección para materiales de tipo cemento con amianto, friable o no friable, con resistencia suficiente para la aplicación de los productos utilizada en el encapsulamiento. El principal inconveniente está representado por la permanencia en el edificio del material con amianto y la consiguiente necesidad de llevar a cabo un programa de control y mantenimiento. También se debe comprobar periódicamente la eficacia de la encapsulación, que con el tiempo puede ser afectada o dañada, y si es necesario, repetir el tratamiento. La eliminación posible de un material con asbesto previamente encapsulado es más compleja, debido a la dificultad de humedecer el material por efecto del tratamiento de impermeabilización.

·         Confinamiento.

Es la instalación de una barrera de retención que separa el asbesto de las zonas ocupadas del resto de la instalación. Si no se asocia con un tratamiento de encapsulación, la liberación de fibras continúa en el interior del confinamiento. En comparación con la encapsulación, tiene la ventaja de proporcionar una barrera resistente al impacto. Está indicado en el caso de materiales que son fácilmente accesibles, en particular para el saneamiento de las áreas delimitada (por ejemplo. una columna). No es indicado cuando es necesario acceder con frecuencia al confinamiento del material con contenido en amianto, del equipo o instalación. El costo está contenido, si la operación no implica el desplazamiento de la instalación eléctrica, fontanería, ventilación, etc. y/o no implica la construcción de grandes obras temporales (ej. andamios). Siempre debe tener un programa de inspección y mantenimiento, ya que el amianto sigue estando en la planta. También la barrera instalada para el confinamiento debe ser mantenida en buenas condiciones.

·         Retirada.

Con la retirada se elimina completamente el riesgo de exposición al amianto, aunque el proceso de retirada puede ser más contaminante que los anteriores si no se realiza con todas las medidas de control necesarias. La retirada de material que contiene amianto, sólo se debe desarrollar por personal cualificado, formado y con experiencia, y por empresas debidamente acreditadas (inscritas en el RERA).

Los materiales que podemos retirar son:

-Uralita.
-Placas de Fibrocemento.
-Bajantes y tuberías.
-Chimeneas.
-Tejados.
-Cubiertas.
-Naves Industriales.
-Aislamientos.Reformas Madrid Lugoro

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MADRID CENTRAL




Habilitado trámite telemático

Los permisos de acceso a Madrid Central de los vehículos comerciales o industriales de menos de 3.500 kg, salvo que dispongan de autorización SER, precisarán de solicitud previa de alta en la aplicación de gestión de accesos

Desde el día 14 de enero de 2019 la gestión de alta a Madrid Central se deberá hacer:

  • En caso de personas jurídicas a través de la página https://sede.madrid.es en el apartado  “Mi Carpeta” (con certificado electrónico)
  • En caso de personas físicas la gestión se podrá hacer presencialmente con cita previa en la Oficina de Madrid Central, o en línea, a través de la sede electrónica municipal https://sede.madrid.es (cuando tengan el código de persona el cual se le facilitará en la Oficina de Madrid Central a partir del día 14 de enero cuando haga la gestión a través de dicho canal y se le dé de alta en el sistema), “Mi Carpeta” (con certificado electrónico).

¿Qué documentación hay que presentar?

Se solicitará a las personas interesadas indicación de los epígrafes de IAE en que se encuentran dadas de alta,para su comprobación por la Administración Municipal.

Habrán de aportar, los siguientes documentos en función del título en virtud del cual dispongan del vehículo:

  • Vehículos en propiedad y nuevas adquisiciones de vehículos que aún no figuren en el RDV: Se aportará permiso de circulación y ficha técnica del vehículo.
  • Vehículos en trámite de adquisición o cambio de titularidad: Deberá aportarse justificante profesional de cambio de titularidad (gestor administrativo) o la autorización provisional de circulación del vehículo.
  • Vehículos en régimen de renting, leasing, o arrendamiento(siempre y cuando la parte arrendadora figure dada de alta en el IAE en un epígrafe de actividad relacionado con el arrendamiento de vehículos y, tratándose de una empresa, su objeto social esté relacionado con este tipo de actividad): Deberá aportarse el contrato en el que conste la empresa o profesional que preste servicios o entregue o recoja suministros en MC como arrendataria y el acta de entrega o un certificado de la parte arrendadora que permita la identificación de la matrícula del vehículo y la fecha de finalización del contrato (solo en el caso en que no aparezcan estos datos en el contrato).
  • Vehículos de sustitución:En caso de avería, se aportará resguardo de depósito u orden de reparación del vehículo emitida por taller o contrato de sustitución de la aseguradora; en caso de robo, denuncia presentada en comisaría o contrato de sustitución de la aseguradora.

Además las personas o entidades interesadas deberán aportar, si el vehículo debe disponer de ella, la tarjeta de transporte ligero(MDL) en vigor, o tarjeta de transporte privado complementario (MPC) en vigor. (Todos los vehículos que tengan un peso máximo superior a 2.000 kg. y una carga útil de hasta 3.500kg necesitan una tarjeta de transporte habilitante para el transporte con vehículos ligeros)

La D.G.I de la Comunidad de Madrid recomienda la instalación de repartidores de costes en instalaciones centrales de calefacción.

NOTA INFORMATIVA SOBRE LA CONVENIENCIA DE DOTAR A LAS INSTALACIONES DE CALEFACCIÓN CENTRALIZADAS DE SISTEMAS DE INDIVIDUALIZACIÓN DE CONSUMOS Y DE VÁLVULAS TERMOSTÁTICAS EN LOS RADIADORES

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Aprobado el nuevo Protocolo para Episodios de Alta Contaminación por NO2

 

  • El nuevo texto, de carácter preventivo, adelanta los plazos de adopción de medidas en los casos de altos niveles de contaminación
  • Precede al nuevo Plan de Calidad del Aire que se desarrollará este año con el objetivo de reducir las principales fuentes de emisión de contaminantes atmosféricos
  • El Protocolo se revisará después de un año para comprobar los resultados obtenidos y actualizarlo y mejorarlo si se considera necesario
  • La delegada Inés Sabanés informará del nuevo Protocolo en el pleno del 27 de enero, y el 1 de febrero entrará en vigor

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